RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO INSTITUCIONAL
PLAN INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
I.S.F.D. y T. N° 14 – LINCOLN
INGRESO:
La Res. CFE N° 72, vinculante a todas las jurisdicciones provinciales, define al ingreso como la primera instancia de la trayectoria estudiantil. El proceso formativo de los/las estudiantes de Educación Superior, comienza con su ingreso a la institución; la formación en tanto trayectoria centra su mirada en el sujeto en formación y compromete la intervención de las instituciones formadoras donde se lleva a cabo.
El ingreso, como primera instancia de la trayectoria del estudiante en la Educación Superior, deberá a su vez regular aspectos legales administrativos e institucionales.
Será condición para la inscripción, haber cursado los estudios secundarios completos.
En este sentido se fija hasta el 31 de marzo del año de inscripción, como plazo límite para la presentación de la documentación respaldatoria.
Por las características de la provincia de Buenos Aires, en cuanto a su extensión geográfica y diversas propuestas de formación Docente y Técnica, resulta necesario que cada Consejo Regional defina un proyecto de ingreso al nivel Superior. Cada propuesta o proyecto deberá respetar la política educativa de la Dirección de Educación Superior, independientemente de los formatos o modalidades que sean adoptadas:
- Participación Estudiantil
- Educación Sexual Integral
- Cultura Digital
- Perfil Profesional
- Lectura/Escritura Académica
Trayectoria Formativa
La definición de trayectoria formativa refiere a las condiciones normativas que reconozcan experiencias académicas -de formación, extensión e investigación – de los estudiantes, en el marco de los diseños curriculares y la organización institucional.
Implica generar nuevos espacios de circulación, evaluación y validación de innovaciones que vinculen de forma concreta las experiencias de la formación con el futuro desarrollo profesional.
Las trayectorias formativas, deben aportar a dos construcciones:
- En el caso de la formación docente:
- El posicionamiento docente en la comunidad, en el campo y en el sistema educativo.
- La recuperación del sentido de la docencia en nuestras sociedades en crisis y contextos de transformaciones culturales continuas.
- En el caso de la formación Técnica:
- La redefinición del sentido de la formación técnica articulada con los contextos socio-productivos a nivel regional y local.
En síntesis, las trayectorias formativas deben contribuir a una mayor autonomía estudiantil, a su integración social crítica, otorgándole centralidad a través de la activa participación grupal, institucional y comunitaria.
Permanencia y Promoción
La permanencia de los estudiantes refiere a las condiciones académicas requeridas para la prosecución de los estudios en el nivel. El alumno que comienza sus estudios en el nivel Superior, lo hará bajo la condición de “Alumno Ingresante”.
Es condición para la permanencia como estudiante regular:
- Acreditar al menos 1 (una) unidad curricular por año calendario.
- Renovar su inscripción como estudiantes anualmente (Matriculación).
- Cumplir con el porcentaje de asistencia requeridos en las cursadas según régimen adoptado.
La Promoción refiere a las condiciones de acreditación y evaluación de las unidades curriculares; el régimen de calificación, el de equivalencias y correlatividades.
- La acreditación se realizará por cada unidad curricular (materia, espacios de definición institucional, prácticas docentes y profesionales, talleres, seminarios, ateneos, entre otras), que conformen los diseños o planes de estudios de las carreras.
- El trayecto de evaluación comprenderá instancias de seguimiento a lo largo de la cursada y una instancia final de cierre.
- Se utilizará el sistema de calificación decimal de 1 (uno) a 10 (diez) puntos.
Acreditación de una unidad curricular
Para regularizar la cursada de una unidad curricular, el estudiante deberá:
- Estar matriculado (inscripto) a la cátedra que va a cursar.
- Cumplir con la aprobación/acreditación de las cátedras según el plan de correlatividades de la carrera.
- Cumplir con el 60% de la asistencia anual. (Porcentaje que puede reducirse al 50% presentando el certificado correspondiente).
- Deberá aprobar las instancias de evaluación (cuatrimestres) con nota de 4 (cuatro) o más puntos.
- Una vez regularizada la cursada, el estudiante podrá acceder a la instancia de evaluación final para acreditar el espacio. La validez de la cursada tendrá vigencia por 5 años.
Para la Regularización de la cursada de las Prácticas Docentes/Profesionales, el estudiante deberá:
- Estar matriculado (inscripto) a la cátedra que va a cursar.
- Cumplir con la aprobación/acreditación de las cátedras según el plan de correlatividades de la carrera.
- Cumplir con las pautas establecidas en el reglamento de las prácticas docentes/profesionales.
- Cumplir con el 80% de la asistencia anual (porcentaje que puede reducirse al 70% presentando el certificado correspondiente).
- Deberá aprobar las instancias de evaluación establecidas en el reglamento de prácticas docentes/profesionales.
- En el caso de las prácticas docentes de cuarto año (Inicial y Primaria), se cursan en forma simultánea con los Ateneos definidos en el plan de estudios.
Para la regularización de la cursada de los talleres, el estudiante deberá:
- Estar matriculado (inscripto) a la cátedra que va a cursar.
- Cumplir con la aprobación/acreditación de las cátedras según el plan de correlatividades de la carrera.
- Cumplir con el 80% de la asistencia anual (porcentaje que puede reducirse al 70% presentando el certificado correspondiente).
- Se trata de espacios de trabajos prácticos, donde la evaluación se realiza sistemáticamente analizando la trayectoria del estudiante a lo largo del ciclo lectivo. La evaluación en los talleres no será dividida en cuatrimestres, debido al formato de acción práctica de la cátedra, donde el “saber hacer”, enriquecido con la retroalimentación y acompañamiento docente, será considerado con la calificación; resultando en el avance y/o mejoramiento de la trayectoria de los estudiantes.
- Los talleres podrán ser espacios propuestos para su promoción considerando el porcentaje establecido por la normativa vigente. En caso de ser promocionables, el alumno deberá finalizar el ciclo con una nota ponderativa de 7 (siete) o más puntos y el cumplimiento de la asistencia establecida. En caso de que el espacio no sea promocionable, el alumno Accede a una instancia final que se realizará en los turnos de examen final correspondientes, tratándose de un trabajo integrador (coloquio, presentación multimedia, mesa debate, producción artística, etc.) que dé cuenta de todo el itinerario de la cátedra; para acceder a esta instancia, el alumno deberá finalizar el ciclo con una nota ponderativa de 4 (cuatro) o más puntos y cumplir con el porcentaje de asistencia correspondiente.
- La cursada regularizada de los talleres, tendrá validez por 5 años al igual que el resto de las cátedras.
Modalidad de Cursada
- Presencial:
El estudiante deberá cumplir con los porcentajes de asistencias y aprobar las instancias de evaluación (cuatrimestres) anteriormente definidas. Además, deberá completar anualmente la matriculación correspondiente a cada cátedra.
- Libre:
Al inicio de cada ciclo lectivo el estudiante podrá inscribirse como libre hasta en un 30% de las unidades curriculares con formato materia establecidas por año en el diseño curricular.
Quedan exceptuados de este régimen los Talleres definidos por diseño curricular, Prácticas Docentes y Profesionales, Ateneos, Seminarios.
Acreditación de las asignaturas:
- Régimen de Cursada Presencial:
- Con examen final
- Sin examen final
- Acreditación con examen final:
Son condiciones generales para obtener la acreditación con examen final:
- Aprobar la cursada.
- Inscribirse al turno de examen final.
- Acreditar (con examen final) las asignaturas según lo establecido en el plan de correlatividades de la carrera.
- Aprobar el final de la cátedra con una nota de 4 (cuatro) o más puntos.
La institución garantizará tres turnos de acreditación final al año, en noviembre/diciembre, febrero/marzo y julio/agosto con un mínimo de cinco llamados anuales, distribuidos en los turnos mencionados. El alumno podrá presentarse en solo un llamado por turno.
La regularidad de la cursada tendrá la validez de 5 años.
- Acreditación sin examen final (Promoción):
Cada instituto podrá definir hasta un 30% de las asignaturas por año de carrera para la acreditación por promoción. Cada docente deberá fundamentar su propuesta de acreditación sin examen final, las cuales serán posteriormente analizadas y aprobadas por el CAI.
En el caso de las unidades curriculares seleccionadas para la acreditación sin examen final, los estudiantes deberán obtener un promedio final de calificación de 7 (siete) o más puntos y asistencia al 80% de las clases (porcentaje que puede reducirse al 70% presentando el certificado correspondiente). En el caso de que obtengan una nota mayor a 4 (cuatro) puntos y menor a 7 (siete) puntos, el estudiante pasará automáticamente al sistema de cursada con examen final.
De obtener una nota promedio menor a 4 (cuatro) puntos, el estudiante deberá recursar la cátedra.
- Régimen de Estudiante Libre:
Podrán presentarse en las instancias de evaluación, correspondiente al período en que se registraron (Matricularon) como estudiantes libres. Deberán rendir con la propuesta pedagógica vigente al momento de su inscripción.
La evaluación final tendrá una instancia escrita y una oral. Se deberá aprobar la instancia escrita para acceder a la instancia oral. La calificación final resultará del promedio de ambas instancias. Ambas instancias se aprueban obteniendo 4 (cuatro) o más puntos.
Recuperatorios de Cuatrimestre – Reincorporatorios por Inasistencias
Los estudiantes que desaprueben solo un cuatrimestre podrán acceder a la instancia de recuperación que se realizará en la semana posterior a la finalización de cursada. En este recuperatorio de un cuatrimestre, el estudiante deberá aprobar dicha instancia, caso contrario recursará la cátedra.
Para los estudiantes que no cumplan con el porcentaje de asistencias establecidos en este plan de evaluación, pero que certifiquen una diferencia menor de no más del 10%, podrán acceder a una instancia de Reincorporatorios por inasistencia que se llevará a cabo en el turno final del mes de noviembre. Este Reincorporatorios anulará la instancia final de noviembre para el estudiante, y deberá aprobar dicha instancia para regularizar la cursada de la cátedra, caso contrario recursará el espacio.
Validez de las cursadas
La validez de las cursadas regularizadas (aprobadas) tendrán una validez de 5 (cinco) años. Esta validez aplica a las cátedras con formato materia o formato taller.
Pasados los dos años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará a la propuesta de cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a la instancia de acreditación.
De los Estudiantes que ingresan por pase
Los estudiantes que ingresan por pase de otros establecimientos y adeuden la acreditación final de una o más asignaturas, mantendrán la validez de la cursada, pero deberán adecuarse a las condiciones fijadas en el plan institucional de evaluación, como así también a las propuestas pedagógicas de los docentes de la institución receptora.
Los estudiantes que certifiquen la acreditación de los TFO de las carreras docentes, se tomarán como equivalentes. En caso contrario, deberá cursarlos en la institución receptora.
Las solicitudes de pases serán concedidas una vez analizada la situación académica de cada estudiante y la disponibilidad con la que cuente la institución receptora en relación al espacio físico en sede y los grupos de prácticas habilitados.
De las Equivalencias
Se podrán acreditar las Unidades Curriculares mediante el régimen de equivalencia. La equivalencia podrá comprender la totalidad e la cátedra o una parte de la misma (equivalencia parcial). En este último caso, se implementará un trayecto de actualización de saberes.
Condición para solicitar equivalencia:
Para solicitar la acreditación por equivalencia, el estudiante deberá:
- Solicitar mediante nota firmada, en la secretaria del instituto antes del 31 de mayo, el reconocimiento de equivalencias.
- Deberá acompañar la solicitud con el certificado analítico donde certifique la nota de aprobación, programa de la catedra aprobada (caratula, contenidos, bibliografía, expectativas de logro). Además, deberá presentar las planillas de solicitud de equivalencia y resumen, según lo define el manual de procedimientos administrativos.
- El estudiante deberá cursar la cátedra hasta que se confirme fehacientemente la resolución de la misma.
Todas las solicitudes de equivalencia serán analizadas por el equipo directivo de la institución y los docentes de las diferentes cátedras.
Resoluciones de Equivalencia:
- Equivalencia Total: en este caso se respetará la nota de la materia aprobada, al igual que la fecha en la cual fue acreditada.
- Equivalencia Parcial: en este caso el docente definirá las acciones a realizar para que el estudiante regularice la parcialidad de la equivalencia. Se establecerá una fecha para resolver la parcialidad. En caso de que el estudiante desapruebe o no esté presente (justificando su inasistencia), el docente deberá pautar una nueva fecha dentro de los 30 días siguientes, siendo esta, la última posibilidad de regularizar la parcialidad. La nota final, será el resultante del promedio entre la nota de la cátedra a reconocer como equivalencia y la nota obtenida en la fecha de evaluación.
- No corresponde equivalencia: el estudiante deberá continuar cursando la cátedra, quedando sin efecto la solicitud.
Del Promedio General
Se obtendrá de la suma total de las calificaciones de las unidades curriculares de la carrera, dividido por el total de las mismas. No se tomarán los resultados de los promedios parciales por año ni aplazos. Para el caso de las carreras docentes (Prof. De Ed. Inicial, Primaria y Especial), los Talleres (TFO) cuentan como una sola materia dentro del plan.
Evaluación Transversal
A partir del ciclo 2023, se acuerda institucionalmente evaluar en cada uno de los espacios, además de los contenidos específicos, la lecto-escritura. Esta decisión se fundamente en que cada disciplina debe enseñar a leer y escribir dentro de su especialidad, abordando lo específico de cada área. Por tal motivo, debe contemplarse la lecto-escritura como una calificación más dentro de cada espacio curricular.